Cártel de coches: el Supremo sube la indemnización del 2 % al 5 % y deja reclamar a un fabricante distinto del de tu marca
Dos sentencias del Tribunal Supremo del 22 de octubre condenan a Stellantis España a pagar el 5 % del precio del coche, más intereses, a compradores de Citroën, Opel y Chevrolet. Si compraste un coche nuevo entre 2006 y 2013 de una marca del cártel, el plazo para reclamar se acaba.

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha dictado dos sentencias, fechadas el 22 de octubre de 2026, que elevan la indemnización por el sobreprecio del llamado cártel de coches del 2 % al 5 % del precio de compra, con intereses legales desde el día de la compra. Hasta ahora muchas audiencias se quedaban en el 2 %.
La primera (STS 1644/2026) da la razón a 20 compradores de Citroën que adquirieron su coche entre 2006 y 2013 y rechaza por completo el recurso de Stellantis contra la Audiencia de Pontevedra. La segunda (STS 1645/2026) afecta a 62 compradores de Opel y Chevrolet, a los que un juzgado mercantil de Pontevedra había desestimado la demanda en 2025 y la Audiencia había concedido después el 2 %.
La novedad: reclamar a otro fabricante
En el caso de Opel y Chevrolet, el Supremo dice que Stellantis responde también por los Chevrolet. La responsabilidad nace de haber participado en el cártel, no de haber fabricado la marca concreta. El comprador puede reclamar todo el daño a uno de los infractores, y ese infractor ya se las arreglará con los demás.
El tribunal no aceptó los informes periciales de los compradores, que calculaban sobreprecios de entre el 10 % y casi el 20 %, y fijó el daño por estimación judicial. Aclara que el 5 % no es un mínimo legal ni una sanción, sino una estimación que enlaza con su doctrina del cártel de camiones. En un coche de 20.000 euros, la indemnización pasa de 400 a 1.000 euros, más intereses.
El origen es la resolución de la CNMC de julio de 2015, que multó con 171 millones de euros a marcas y distribuidoras por intercambiarse información sobre márgenes, redes de concesionarios y posventa.
Lo que no está claro
No hemos localizado todavía el texto en CENDOJ ni nota oficial del Poder Judicial; los datos proceden de los despachos que ganaron los casos y de varios medios. El plazo es la clave: uno de esos despachos toma como fecha prudente el 1 de diciembre de 2026, pero es su interpretación, no lo dice el Supremo, y la sentencia no reabre reclamaciones ya prescritas.
Ficha rápida
- Tribunal
- Tribunal Supremo, Sala de lo Civil
- Sentencias
- STS 1644/2026 y STS 1645/2026, de 22/10/2026
- Condenada
- Stellantis España
- Indemnización
- 5 % del precio de compra + intereses
- Coches afectados
- Comprados nuevos entre 2006 y 2013
- Plazo orientativo
- 1/12/2026 según un despacho (no fijado por el TS)
- Busca ya la factura o el contrato de compra del coche: sin papel que pruebe la fecha y el precio, no hay reclamación.
- Comprueba que tu marca estaba en la resolución de la CNMC de 2015 y que compraste entre 2006 y 2013.
- No esperes a diciembre: una reclamación extrajudicial por escrito, con acuse, puede interrumpir el plazo; consúltalo con un abogado.
- Si te ofrecen llevarlo a cambio de un porcentaje, pide por escrito qué cobran si se gana y qué pagas si se pierde.
Fuentes: Lawyerpress, 28/10/2026 · eldiario.es, 28/10/2026 · Infobae, 28/10/2026 · Capital, 28/10/2026 · Autopista, 29/10/2026 · Diario Jurídico, 29/10/2026
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