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El Supremo juzgará a un senador por conducir a 215 km/h en carretera con un coche oficial

Radar Velocidad (1)
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En un giro inesperado, la magistrada del Tribunal Supremo, Ana Ferrer, ha dictado la apertura de juicio oral contra el senador del Partido Popular y expresidente de la Diputación de Ourense, José Manuel Baltar. La causa: un presunto delito contra la seguridad vial por conducir a una velocidad de 215 kilómetros por hora en la autovía A-52, donde la velocidad máxima permitida es de 120 kilómetros por hora. Este hecho ha generado una gran repercusión mediática, especialmente en el mundo del motor.

La decisión de la magistrada se produce tras una petición de la Fiscalía, que en junio pasado ya había propuesto juzgar al aforado. Ahora, Baltar tiene un plazo de 10 días para presentar su escrito de defensa. La acusación se basa en un incidente ocurrido el 23 de abril de 2023, cuando Baltar fue interceptado por la Guardia Civil de Tráfico en la A-52, a su paso por Asturianos (Zamora), conduciendo un coche oficial de la Diputación de Ourense a 215 kilómetros por hora.

La defensa de Baltar, representada por el abogado Ramón Montero, niega rotundamente los hechos. Montero ha declarado a la prensa que "no existió en ningún momento una velocidad superior a 200 kilómetros por hora", cuestionando así las pruebas presentadas por la acusación. Sin embargo, la magistrada Ferrer ha argumentado que incluso aplicando el margen de error del 5% que establece la normativa sobre control metrológico del Estado, la velocidad registrada sigue siendo de 204 kilómetros por hora, lo que supera con creces el límite permitido en ese tramo.

Este caso pone de manifiesto la gravedad de los delitos contra la seguridad vial en España, un tema que preocupa tanto a las autoridades como a la sociedad en general. Según el Código Penal, los delitos de esta índole pueden ser castigados con penas de prisión de tres a seis meses, multas de seis a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días. Además, en caso de ser condenado, Baltar podría enfrentarse a la retirada del carnet de conducir por un período de uno a cuatro años.

El Senado aprobó el suplicatorio, permitiendo así que Baltar compareciera voluntariamente ante el Supremo el pasado 19 de diciembre, donde negó los cargos. No obstante, el informe definitivo de la Guardia Civil de Tráfico fue claro en cuanto a la velocidad a la que fue interceptado.

Antes de que el caso llegara al Supremo, la Fiscalía había presentado un escrito de acusación ante los juzgados de Galicia, solicitando una pena de seis meses de multa a razón de una cuota diaria de 10 euros, lo que suma un total de 1.800 euros. Además, el Ministerio Público reclamó un año y un día de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores para el dirigente del PP.

El juzgado de instrucción acordó la apertura del juicio oral contra Baltar por los hechos supuestamente constitutivos de un delito de conducción a velocidad excesiva. Sin embargo, al confirmarse su condición de senador designado por el Parlamento de Galicia, el caso fue trasladado al Tribunal Supremo, que ahora tiene la responsabilidad de resolver este controvertido asunto.

Este caso resalta la importancia de respetar los límites de velocidad y las normas de tráfico, no solo por las posibles consecuencias legales, sino también por la seguridad de todos los usuarios de las vías. La comunidad del motor seguirá de cerca el desarrollo de este juicio, que podría sentar un precedente importante en la lucha contra la conducción temeraria en España.